Estado es responsable de desaparición en Veracruz: ONU

Ginebra, 7 Ago (Notimex).– México debe llevar a cabo una investigación exhaustiva, rigurosa, imparcial, independiente y efectiva sobre las circunstancias de la desaparición forzada de Christián Téllez Padilla, ocurrida en Veracruz en 2010, afirmó hoy oficialmente el Comité de Derechos Humanos de la ONU.

En un documento dado a conocer aquí, esta instancia de Naciones Unidas, responsable de velar porque los Estados firmantes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) se comprometan a no efectuar este tipo de violaciones, se informa que, en conformidad con el artículo 2, párrafo 3, inciso a, del mismo Pacto, el Estado firmante tiene la obligación de proporcionar a los familiares del desaparecido un “recurso efectivo”.

México ratificó dicho Pacto el 23 de marzo de 1981 y su Protocolo Facultativo el 15 de marzo de 2002.

Según el dictámen, -como las autoridades mexicanas hicieron muy poco en términos de investigación (sobre el paradero del desaparecido), la familia de la víctima directa llevó el caso a este Comité de Derechos Humanos, que tiene precisamente el mandato de examinar violaciones de derechos humanos en países que han ratificado el Pacto, junto con su protocolo facultativo-.

Esta dependencia de Naciones Unidas está formada por un grupo de 18 expertos internacionales independientes y emitió este dictamen luego de recibir una denuncia de los familiares de dicha víctima del delito de “desaparición forzada”.

Según la denuncia, la víctima directa conducía su automóvil por la ciudad de Poza Rica (Veracruz), en el mes de octubre de 2010 cuando dos patrullas de policía lo detuvieron y le obligaron a subir a una de ellas, a punta de pistola. “Su compañera, que presenció los hechos, no pudo encontrarlo en ninguna comisaría; ella y familiares de la víctima directa presentaron denuncias. Identificó a tres policías entre los responsables de la desaparición, pero su participación en los hechos fue descartada por sus supervisores jerárquicos, los cuales fueron posteriormente arrestados por supuestos vínculos con el grupo del crimen organizado “Los Zetas”, expresa el comunicado oficial.

El comité de Derechos Humanos señaló que la investigación de un caso de desaparición forzada no puede basarse en la confesión de los posibles responsables o de las autoridades involucradas. Además, añadió que los centros de detención clandestinos son, per se, una violación de los derechos a la libertad personal.

Definición de « recurso efectivo »

Según el comité, el -recursop efectivo- al que llaman al Estado mexicano requiere de “una reparación integral a las personas cuyos derechos hayan sido vulnerados”.

En este sentido, el Estado parte debe: “llevar a cabo una investigación exhaustiva, rigurosa, imparcial, independiente y eficaz” sobre las circunstancias de la desaparición de Christian Téllez Padilla –asegurando, para ello, que los oficiales a cargo de la búsqueda del desaparecido así como de la investigación sobre su desaparición cuenten con el profesionalismo y la autonomía necesarios para el desarrollo de sus funciones–.

Todo esto se debe hacer, aseguró el comité, “sin descartar la participación de la Policía Intermunicipal siguiendo la declaración de la testigo presencial y tomando en cuenta el contexto identificado en el presente caso de vínculo entre autoridades estatales y grupos de delincuencia organizada”.

Otra posibilidad para otorgar un “recurso efectivo” es que el Estado ponga en libertad de manera inmediata a Téllez Padilla, “en caso de que siga recluido en régimen de incomunicación”.

Una tercera opción sería que, “en el supuesto de que el Sr. Téllez Padilla haya fallecido, entregar sus restos mortales a sus familiares”.

El comité hace hincapié en que todo este proceso, que va desde la investigación del paradero de Téllez Padilla debe llegar hasta el procesamiento y el castigo de las personas halladas responsables de las vulneraciones cometidas.

El comité de Derechos Humanos de la ONU solicita para Téllez Padilla, “en caso de seguir con vida, una reparación integral, que incluya una indemnización adecuada por las vulneraciones sufridas” y agrega que el Estado parte tiene también la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan transgresiones semejantes en el futuro.

Con un vocabulario sin precedentes en este tipo de declaraciones, el comité subraya que “las personas tienen derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, a la libertad, al reconocimiento de la personalidad jurídica, y a recursos judiciales efectivos”.

Sus miembros declararon que “todos esos derechos humanos han sido violados por México en el presente caso. No se han practicado a tiempo diligencias oportunas, lo cual conllevó a la pérdida de pruebas importantes; las investigaciones no fueron independientes e imparciales; y fueron ineficaces para aclarar las circunstancias de la desaparición e identificar a los responsables”.

Helène Tigroudja, miembro del comité, exigió justicia para la víctima.

“Es fundamental que México empiece a procesar y castigar a los responsables de desapariciones forzadas, para poner fin a la impunidad estructural que opera en el Estado parte”, expresó.

El Comité otorgó a México un plazo de 180 días para que informe sobre sobre las medidas que tomará para implementar el dictamen.

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