Flexibilidad del fisco ante pandemia, sugieren especialistas
México/Notimex. Especialistas en materia fiscal consideraron necesario que las autoridades tributarias del país flexibilicen el enfoque fiscal adoptado y establezcan mediadas que aminoren la presión financiera que experimenta el sector empresarial del país.
Ello al considerar que existen elementos para justificar el incumplimiento de obligaciones fiscales por fuerza mayor, derivadas del establecimiento de medidas para el combate a la pandemia del COVID-19.
Un análisis de Grupo Asesores de Negocios, presidido por Eduardo García Hidalgo, expone que el establecimiento de medidas para el combate a la pandemia del COVID-19 implican un caso de fuerza mayor, con un par de condicionantes: «imprevisibilidad» y «generalidad», lo que debe eximir al causante de multas y recargos.
Expone que el Código Fiscal vigente establece en el Artículo 39, fracción I, que el Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá: condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades.
Lo anterior cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.
”Recordemos que acorde al principio general del derecho nadie estará obligado a lo imposible”, aparejado a la máxima dispuesta por la fracción IV del Artículo 31 de nuestra carta magna de «contribuir al gasto público conforme a la capacidad contributiva real (de manera proporcional y equitativa)», expone.
Debido a ello, resulta por demás necesario que el Ejecutivo federal flexibilice el enfoque fiscal adoptado y establezca mediadas que aminoren la presión financiera que experimenta el sector empresarial de la nación, subrayó el documento.