Isabel Ortega/Xalapa. Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz desecharon tres juicios políticos que tenían por objetivo que Alfredo López Carreto, asumiera la Presidencia Municipal de Actopan.
En la revisión, que se prolongó por más de dos horas, los magistrados debatieron sobre la posible omisión del Congreso local para nombrar a un alcalde conforme a derecho, y revocar el interinato a Eduardo Carranza Barradas.
Uno de los juicios, el que presentó Nayeli Toral Ruiz se sobreselló, con el argumento que ella ya estaba en funciones por lo que no había omisiones de parte de los legisladores locales.
Sin embargo, no se analizó la exigencia de la panista de poder asumir la suplencia de la Presidencia Municipal, como lo marca la Ley Orgánica del Municipio Libre.
En el caso del juicio que presentó Alfredo López Carreto, quien fue registrado como suplente en la planilla de José Paulino Domínguez, a quien se le revocó el mandato en el mes de marzo, el Tribunal ratificó la renuncia a la Presidencia Municipal en calidad de suplente, por lo que no podrá asumir la responsabilidad.
En el análisis se dio cuenta de la entrega de su renuncia, que ratificó ante el TEEV y se minimizaron las notas periodísticas en las que se denunciaron amenazas y coacción contra el panista para obligarlo a no asumir la Alcaldía.
Se mencionó que, si temía por su vida debía presentara las denuncias correspondientes, pues las notas informativas no era prueba plena de la comisión de un delito, y descartaron ordenar medidas cautelares en favor de López Carreto.
“Si él ya renunció en ese derecho, ya no está en ejercicio de su actividad política, por lo que corresponderá presentar las denuncias en calidad de ciudadano ante las instancias”, afirmó la presidenta del TEEV; Claudia Díaz Tablada.
Un tercer juicio que se desechó fue el que interpusieron ciudadanos contra Eduardo Carranza Barradas por usurpar funciones, pues ya se venció el periodo de su interinato, sin embargo, los magistrados determinaron que los habitantes de Actopan no tienen la personalidad jurídica para interponer la queja.
“Ciudadanos dice que el Congreso es omiso, por no realizar el corrimiento de regidores y nombrar a un interino, el juicio es improcedente porque no son la autoridad legítima para imponer el mecanismo de defensa, pues no son ediles”, se leyó durante la ponencia.
En ese sentido, se declaró infundada la queja por omisiones contra el Congreso de Veracruz y el Ayuntamiento de Actopan.
Durante el debate de los juicios se dijo que desde el Congreso local se dio que el TEEV era incompetente para analizar las quejas, pues en la actualidad hay una controversia en el más alto tribunal del país, SCJN, en el que la síndica Yazmín Palmeros pidió que se revise el trámite que inició el Congreso para revocar su mandato.