Agregan “sextorsión” a catálogo de delitos en Ley Olimpia
La Cámara de Diputados aprobó una modificación a la Ley Olimpia para incluir como vilencia digital a la “sextorsión”.
El objetivo es acabar con la impunidad de la violencia digital en el país y frenar el aumento de casos.
Con esto, el delito de violencia digital, previsto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se amplió para integrar dicha conducta.
La “sextorsión” consiste en “chantajear”, amenazar y extorsionar a terceros, con la difusión, distribución o comercialización de imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual, sin autorización y con el fin de obtener beneficio económico o lucro.
El ilícito referido se comete principalmente contra las mujeres en el país; sin embargo, cualquier otra persona puede ser víctima de este tipo de extorsión que también representa una violación a los derechos humanos y la dignidad de los ciudadanos.
El dictamen que adiciona el artículo 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia fue aprobado con 480 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.