Congreso de Veracruz modificará proceso para designar Fiscal General
El diputado local de Morena, Diego Castañeda Aburto presentó una iniciativa que busca modificar la Constitución de Veracruz, con la idea de cambiar el proceso de designación, remoción y periodo del o la Fiscal General del Estado.
La propuesta de modificación de la ley regresa al Ejecutivo del Estado la posibilidad de participar en el proceso de valoración, designación y remoción del titular de la Fiscalía, proceso que será acompañado por el Congreso de Veracruz.
¿Cómo será el proceso de selección?
La propuesta establece que 30 días antes de la conclusión de periodo del Fiscal en funciones, el Congreso deberá formular requerimiento a la persona titular para que se manifieste si es su interés o no someterse al procedimiento de ratificación.
Si la respuesta sobre la ratificación es afirmativa, el Congreso del Estado, a través de la Comisión del ramo, iniciará el procedimiento respectivo, solicitando a la persona titular para que dentro un término de diez días naturales rinda los informes relativos a su desempeño y actuación del Fiscal.
De igual modo, el Congreso solicitará a la persona titular del Ejecutivo que, en el término de cinco días naturales emita su posicionamiento, de manera razonada, sobre la idoneidad de la propuesta de ratificación.
Recibido el informe del perfil ratificado y el posicionamiento del o la titular del Ejecutivo, en Congreso, por medio de la comisión del ramo, contará con un plazo de cinco días naturales para evaluar el desempeño y actuación de la persona que busca ratificarse y emitir el dictamen respectivo, que se tendrá que aprobar en un periodo de cinco días por las dos terceras partes de los diputados locales.
De no obtenerse la votación requerida, se entenderá improcedente la ratificación y deberá continuarse con la apertura del proceso de designación y nombramiento de la nueva persona.
La propuesta contempla la posibilidad de que la reforma se aplique una vez que el fiscal en funciones sea separado del cargo, por causas diversas, o si se decreta la ausencia definitiva.
Al abrir el proceso de designación, el Congreso contará con 10 días naturales para integrar una lista de al menos 10 candidaturas al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros, que se enviará al gobernador o gobernadora en funciones.
Si el gobernador o gobernadora no recibe la lista en el plazo señalado -10 días- enviará al Congreso una terna y designará provisionalmente al Fiscal General, quien realizará la función en tanto se realice la designación definitiva.
De recibir la lista de 10 personas, el gobernador o gobernadora, seleccionará una terna de aspirantes y lo remitirá al Congreso, que tendrá un plazo de 10 días hábiles para entrevistar y designar a la persona titular de la FGE, con el voto de las dos terceras partes de los diputados.
Si el Congreso no recibe la terna de potenciales candidatos, el Congreso tendrá 10 días para designar a la titular de la Fiscalía de entre la lista de los 10 candidatos; si los legisladores incumplen con esa obligación de ley, el gobernador o gobernadora en turno nombrará al o la fiscal de la lista que integraron en un inicio los diputados locales.
La propuesta busca regresar la atribución a la gobernadora o gobernador para remover al Fiscal en turno, por las causas graves que establezca la ley, que podrá ser objetada por el Congreso, en un plazo de 10 días. De no responder los legisladores, se entenderá que no existe objeción.