Copete Zapot exhorta a funcionarios de Xalapa y Coatzacoalcos para privilegiar el diálogo

Isabel Ortega. Xalapa, Ver., 03 de enero de 2018. La diputada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Congreso loca, Yazmín Copete Zapot, exhortó a funcionarios municipales de los 212 ayuntamientos a privilegiar el diálogo y el consenso, trabajar en armonía, para evitar conflictos internos que puedan poner en riesgo la gobernabilidad.

Luego de la polémica que se ha generado en los municipios de Xalapa y Coatzacoalcos, por el reparto de Comisiones, aseguró que se hace necesario un reparto equitativo de las Comisiones edilicias, en donde se permita a todos los partidos tener la representación que se logró en las urnas.

“Yo creo que están en el momento oportuno para la distribución equitativa de responsabilidades; ya son autoridades, deben despojarse de siglas partidistas evitar los conflictos internos a fin de dar resultados a la población”.

A todos corresponde mantener la estabilidad y el orden, reprobable que se pongan zancadilla o quieran boicotear unos a otros y utilizar las debilidades internas para pretender quedar como héroes ante la población.

Veracruz requiere autoridades sensibles, honestas y comprometidas, que no repitan situaciones del pasado cuando algunos integrantes de los Cabildos pretendían estrangular al Presidente municipal para obtener prebendas, las necesidades de los municipios son muchas y eso obliga a trabajar con transparencia y eficiencia.

La gente quiere obras, acciones, que aterricen programas, lo mejor es ocuparse de la planeación y diseño de políticas públicas acordes a las necesidades del municipio.

También exhortó a integrantes de los Cabildos a ser respetuosos del nuevo andamiaje jurídico que rige a la administración pública, citó como ejemplo la nueva Ley de Sistema Estatal Anticorrupción, aprobada recientemente por el Congreso local.

La citada legislación sienta las bases para que autoridades competentes prevengan, detecten, investiguen y sancionen faltas administrativas y los hechos de corrupción, y se lleve a cabo la fiscalización y control de recursos públicos.

La nueva normatividad implica que la comprobación de recursos públicos se realice con apego a disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables, así como a las normas de auditoría y postulados básicos de contabilidad gubernamental y con base en las pruebas o muestras selectivas que determine el ente fiscalizador.

Yazmín Copete también recordó a las autoridades municipales que el pasado mes de diciembre el Congreso del estado aprobó la Ley Número 364 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del estado de Veracruz.

Misma que en el capítulo III, artículo 15, contempla multa de 300 a mil veces el valor diario vigente de la Unidad de Medida y Actualización para quienes incumplan con la entrega de estados financieros, y de obra pública mensual y otras disposiciones, sanción económica que tendrán que pagar con recursos propios.

El capitulo II, artículo 45 precisa que a partir del inicio formal del procedimiento de fiscalización superior, tendrá que concluir en un periodo no mayor de un año, salvo que por resolución jurisdiccional, se ordene su reposición, misma que no excederá de seis meses, contado a partir de que se notifique la reposición respectiva.

Pero además “los hechos u omisiones consignados por los auditores en las actas que se formulen con motivo del procedimiento de fiscalización superior, harán prueba plena de la existencia de tales hechos, o de las omisiones en que se incurra, para efectos de promover las responsabilidades que sean procedentes, ante el Tribunal Estatal, ante la Fiscalía Especializada, o autoridades competentes, para la imposición de sanciones.

La diputada concluyó que lo anterior significa que a diferencia de pasadas administraciones, ahora las auditorías y confinamiento de responsabilidades se realizan durante el ejercicio constitucional, ya no serán procesos eternos que duerman en el limbo.

Recomendó que también analicen el contenido en el Código de Procedimientos Administrativos para el Estado y complementariamente, las disposiciones del Código Financiero y el Código Hacendario Municipal, y demás disposiciones aplicables de carácter federal, como la Ley General de Contabilidad Gubernamental.​

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