Darán 13 años de cárcel a quien golpee o espíe a policías

Isabel Ortega. Xalapa. El Congreso local aprobó un paquete de reformas al código penal que sancionan el espionaje a las autoridades de seguridad, incluso, si un ciudadano agrede o amenaza a un policía será encarcelado hasta por 15 años y pagará de 35 mil a 71 mil pesos. Las adecuaciones actualizan causales y sanciones a quien cometa extorsión, despojo y delitos contra las instituciones. Se establece que se impondrán de siete a 15 años de prisión y multa de cuatrocientas a ochocientas UMAS, a quien amenace o agreda a un integrante o elemento de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal en el momento de ejercer sus funciones. También establece sanción de siete a quince años de prisión a multa a quien: Utilice instrumentos punzocortantes, punzo contundentes, contuso cortantes, contuso contundentes o de cualquier material que, por su resistencia o su fuerza, dañe o impida el paso de vehículos de seguridad pública municipal o estatal. Posea, porte o utilice en su persona, domicilio o en el lugar donde se le detenga equipos o artefactos de comunicación de cualquier tipo para acechar, vigilar o realizar cualquier acto encaminado a obtener y comunicar actividades o labores de los integrantes o elementos de seguridad A quien porte o utilice equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de canales de comunicaciones oficiales de las instituciones de Seguridad Pública estatal o municipales, sin la autorización, Si se permite la instalación de antenas o cualquier instrumento de comunicación en bienes de su propiedad o posesión, con la finalidad de obtener y brindar información a cualquier persona sobre las acciones de elementos de seguridad pública estatal o municipal. Posea, porte o utilice uniformes, prendas de vestir, insignias, distintivos o equipos correspondientes o similares a los utilizados por cualquiera de las instituciones de seguridad pública. Si se encuentra a persona, domicilio o en el lugar donde se le detenga, escritos, documentos o mensajes producidos o transmitidos por cualquier medio tecnológico, que tengan relación con actividades ilícitas. Posea, porte o utilice, en su persona, domicilio o en el lugar donde se le detenga, accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de Seguridad Pública municipal o estatal; o cuando se custodie un vehículo que simule ser de las Instituciones de seguridad; o porte una identificación falsa o alterada de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal.

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