Dictaminan dar licencia a empleados que tengan hijos con cáncer

Ciudad de México. El Pleno de la Cámara de Diputados conoció en declaratoria de publicidad el dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Federal del Trabajo.

El documento establece que los padres o madres de menores diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, gozarán de licencia con la intención de acompañar a los pacientes en sus tratamientos médicos.

Precisa que, cuando los hijos de hasta 16 años sean diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, podrán gozar de una licencia de cuidados médicos para ausentarse de sus labores, en caso de que la niña, niño o adolescente requiera de descanso clínico en los periodos críticos de tratamiento u hospitalización.

Se podrá expedir a alguno de los padres trabajadores asegurados una constancia que acredite el padecimiento oncológico y duración del tratamiento del paciente, a fin de que él o los patrones tengan conocimiento de tal licencia.

El dictamen agrega que la licencia, en ningún caso, se podrá otorgar a ambos padres trabajadores del menor diagnosticado. Además, sólo se entregará a petición de parte.

Precisa que el permiso cesará cuando el menor no requiera hospitalización o de reposo médico en los periodos críticos de tratamiento; por ocurrir el fallecimiento del infante; cuando el menor cumpla 16 años o cuando quien goce de la licencia sea contratado por otro patrón.

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