Falla Tribunal en contra del PRI; deduce que el PAN no violó Ley

Arturo Arellano. Xalapa, Ver., 21 de abril de 2018. No existen violaciones a la Ley en las que hubiera incurrido el Partido Acción Nacional (PAN) con la instalación de espectaculares en el municipio de Minatitlán, determinó el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).
 
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador número 17; el Secretario de Estudio y Cuenta Oswaldo Erwin González Arriaga, adscrito a la ponencia del magistrado José Oliveros Ruiz, anunció dicho fallo a favor de Acción Nacional.
 
Lo anterior, luego de que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció la presunta realización de actos anticipados de campaña y violación a las normas de propaganda política o electoral.
 
El quejoso alegó la colocación de dos espectaculares en los principales cuadros de la ciudad de Minatitlán por parte del PAN, aduciendo que esto constituye actos anticipados de campaña.
 
Y es que en su hipótesis, el PRI sostiene que se viola el principio de equidad en la contienda electoral, posicionando al PAN frente al electorado para las próximas elecciones.
 
El Secretario añadió que el TEV tiene por acreditado la existencia y contenido de uno de los espectaculares denunciados, así también se tuvo certeza de la existencia del contrato celebrado entre el PAN y la empresa que elaboró y colocó el citado espectacular.
 
Aclaró que el PRI acreditó los elementos personal y temporal, pero no el elemento subjetivo, ya que el promocional denunciado tiene contenido genérico y no se advirtió un llamamiento expreso al voto, que se publicitara alguna plataforma electoral o posicionara persona alguna con el fin de obtener una cargo político.
 
En consecuencia, por las razones señaladas, es que se declaró la inexistencia de las violaciones objeto de la denuncia del PRI.
 

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