López Obrador llama a aprobar iniciativa de Martí Batres para que jueces prioricen soluciones de fondo y no “formulismos”

  • Ello tras la liberación de “El Cachorro” detenido por parte de la SEMAR y ligado a secuestros y extorsiones de “La Ronda” en el norte y centro de la CDMX

Carlos Guzmán | Corresponsal CDMX.- Luego de que hace unos días, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres enviara al congreso local una iniciativa para hacer que los jueces no se antepongan las formalidades no esenciales del proceso jurisdiccional, para que estas nunca estén por encima de la aplicación y los fines de la justicia social, ni se incurra en dilaciones indebidas de los derechos humanos, principalmente de grupos en situaciones vulnerables, este jueves, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador envió la propuesta a los legisladores locales para aprobarla.

La iniciativa de Batres, surgió luego de que Fabián Osvaldo Jr, “El Cachorro”, y su padre, Fabián Osvaldo Solís, líder de “La Ronda” banda que está detrás de secuestros y extorsiones en la capital del país, fuera liberado por un juez federal argumentará que no encontró elementos suficientes para justificar su detención durante un operativo de la Marina, y lo absolvió, justo horas antes de que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) local ejerciera una orden de aprehensión en su contra.

La iniciativa enviada por Batres al Congreso de la CDMX, plantea agregar un segundo párrafo al artículo 35 de la Constitución de la Ciudad de México, donde actualmente se establece que “la función judicial se regirá por los principios de legalidad y honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas”, para agregarle el siguiente párrafo; para que los jueces prioricen solución de fondo del conflicto y no el formulismo procedimental.

“Aunado a lo anterior, en la función jurisdiccional, se observarán los principios de igualdad sustantiva, justicia restaurativa y justicia redistributiva, de tal manera que las formalidades no esenciales del proceso nunca estén por encima de la aplicación y los fines de la justicia social, a fin de que impere un sistema auténtico que garantice y favorezca la tutela efectiva, sin dilaciones indebidas de los derechos humanos, especialmente de grupos sociales y personas que se encuentren en situaciones de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad, discriminación o desventaja social”.

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