Isabel Ortega/El Demócrata. El delito de ultrajes a la autoridad tuvo una gloria efímera pero duradera, ya que quedará escrita en la historia del derecho penal veracruzano como el más claro ejemplo de una política criminal destinada al fracaso, afirmó el abogado penalista Arturo Nicolás.
El abogado veracruzano confirmó que ya están saliendo algunas de las personas que fueron vinculadas a proceso por “ultrajar” a una autoridad.
Sin embargo, recordó que el tipo penal resultaba una violación a los artículos de la constitución, así como al tercero del Código Penal Veracruzano, que establece que el poder punitivo del Estado debe estar sujeto a diversos principios, entre ellos el de legalidad, esto significa un los tipos penales deben ser redactados de forma clara y con la mayor precisión para evitar ambigüedades e interpretaciones erróneas.
Y fue precisamente lo que sucedió con el delito de ultrajes a la autoridad en el que básicamente se criminaliza cualquier tipo de agresión en contra de algún servidor público, siendo los principales sujetos pasivos “los policías”, recordó.
A pesar de que diversas asociaciones y barras de abogados insistieron desde la publicación de la reforma y adición al artículo 331, que vulneran el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, el Gobernador del Estado salió a dar la cara para decir que lo único que se buscaba era, que si alguien agredía a un policía con violencia no saliera de la cárcel.
Repitió en muchas ocasiones un caso acontecido en Tres Valles, en el cual “los malos agredieron a la policía y cuando los llevaron ante el Juez de Control fueron puestos en libertad porque dijeron: yo no fui”.
El 30 de diciembre del año pasado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la recomendación 146/2021 en relación con el caso de 6 jóvenes que fueron detenidos en la ciudad de Xalapa, ya que en base a las pruebas presentadas por la defensa era evidente que los policías aprehensores falsearon el informe policial homologado para incriminarlos y en uno de los puntos medulares se recomendaba la derogación del ilícito contemplado en el artículo 331 del código penal.
El 7 de febrero de este año, el Gobernador todavía insistía en que si se derogaba el delito quedarían en libertad 40 jefes de plaza y más de 500 generadores de violencia, lanzaba la advertencia de que alguien tendría que responder por tal situación si se llegaba a derogar el delito de ultrajes a la autoridad.
El domingo 27 de febrero el Congreso del Estado sesionó para simular una supuesta reforma al artículo 331 del Código Penal en la que solamente se derogaron dos fracciones de las cuatro que constituyen las agravantes del tipo penal básico, con esta acción se pretendió mantener vigente el delito de ultrajes a la autoridad en el Código Penal.
Finalmente, el 28 de febrero, la Suprema Corte de la Justicia de la Nación en sesión del Tribunal Pleno, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 59/2021 y su acumulada 66/2021 declaró la invalidez del artículo 331 del Código Penal del Estado de Veracruz con efectos retroactivos al 12 de marzo del año 2021.
De igual forma la SCJN declaró la invalidez de la fracción II del artículo 371 del Código Penal que sanciona poseer, portar o utilizar equipos de comunicación de cualquier tipo para obtener y comunicar, sin un fin lícito, información, sobre las acciones, actividades o labores de los integrantes de las instituciones de seguridad pública estatal o municipal.
Esta sentencia del máximo tribunal confirmó lo que diversos juristas veracruzanos insistieron por casi un año, ya que el delito de ultrajes a la autoridad efectivamente vulneraba el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, así como el derecho humano a la libertad de expresión.
Esta política criminal, consistente en criminalizar cualquier tipo de amenaza o agresión en contra de policías, generó que más de mil ciudadanos fueron detenidos y procesados, en todos los casos se aplicó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa o justificada, por lo que fueron objeto de la medida de cautela más severa que contempla el sistema penal.
Después tanto revuelo, paulatinamente van recuperando su libertad las personas que fueron encarceladas, a pesar de que el Congreso del Estado se ha negado a derogar el delito de ultrajes a la autoridad, pues el artículo 331 continúa vigente en el texto de la ley, y con esta omisión de nueva cuenta se vulnera el principio de legalidad en detrimento del Estado de Derecho.
Los diputados insertaron una anotación marginal en el Código Penal, lo que obligó a los jueces locales a realizar toda clase de interpretaciones a la legislación sustantiva para poder emitir el correspondiente sobreseimiento en cada caso en particular.
La reforma y adición al artículo 331 del Código Penal Veracruzano se aplicó del 11 de marzo de 2021 al 28 de febrero del 2022, tuvo una gloria efímera pero duradera, ya que quedará escrita en la historia del derecho penal veracruzano como el más claro ejemplo de una política criminal destinada al fracaso desde el primer día que entró en vigor.