Nueva factura 3.3 ofrece más herramientas para combatir lavado de dinero

México, 11 de enero/Notimex. El nuevo esquema de facturación electrónica 3.3 que entró en vigor en diciembre pasado por parte del SAT, está demostrando ser una herramienta útil para evitar la evasión fiscal y ofrece más elementos en casos de investigación de lavado de dinero, describió el especialista Abimael Zavala Martínez.

El integrante del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados resaltó que si bien al principio causó cierta controversia, los contribuyentes ahora pueden alinear la información de las facturas emitidas con cada pago que se realice posterior a la emisión o en parcialidades, lo que evitará malas prácticas.

Explicó que la factura 3.3 generará un mayor control en cuanto al delito de lavado, pues existe un catálogo donde se establece qué es lo que se está facturando, y se detecta automáticamente el RFC de la persona a la que se le está facturando.

De esta forma, “la autoridad puede detectar qué es lo que vendiste, qué es lo que compraste y en qué cantidad”, señaló en un comunicado.

Esto, debido a que contiene 22 nuevos formatos de estructura, 17 catálogos y 46 reglas de validación con las que llegó la factura electrónica 3.3, y surgió el complemento de recepción de pagos, un documento que busca dar soluciones a problemáticas y evitar malas prácticas.

Esta nueva versión, dijo Zavala Martínez, contribuirá a detectar con mayor facilidad operaciones inusuales que pudieran ser producto del lavado de dinero, pues el SAT y al autoridad judicial contarán con los elementos suficientes para detectar dichos movimientos.

El también socio director del despacho Zavala Abogados recordó que hace unos días, el Grupo de Acción Financiera (GAFI), creado para establecer los estándares de lucha contra el financiamiento ilícito, consideró que se debe avanzar en el tema del lavado.

En este sentido, recomendó que los fiscales y ministerios públicos se capaciten a fin de que sus investigaciones tengan mayor sustento. “El delito de lavado de dinero no merece prisión preventiva oficiosa, sin embargo, el ministerio público puede acreditar una prisión preventiva justificada”, anotó.    

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