Riñón y córnea, lo que más se requiere en Cenatra

Más de 23 mil personas requirieron un trasplante

Carlos Guzmán Martín/CDMX. El Grupo Parlamentario de Encuentro Social, a propuesta de la senadora Sasil de León Villard, presentó un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud para que mediante el Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra), e instancias análogas estatales, fortalezcan y amplíen campañas de información y promoción sobre donación de células, tejidos y órganos humanos.

En el texto, la legisladora indica que es fundamental fomentar estos actos altruistas y justos, propios de una sociedad informada y con alto compromiso social.

Cifras del Cenatra, señalan que, al cuarto trimestre de 2019, más de 23 mil personas requirieron donación de un trasplante, de los cuales, la gran mayoría se trata de riñón y de córnea.

Sin embargo, sólo se realizaron en el periodo poco más de mil 600. Lo anterior refleja la enorme necesidad de sumar esfuerzos para salvar vidas y/o en su caso mejorar la calidad de vida de miles de mexicanos.

Desafortunadamente, señala, la donación de órganos se ha visto afectada por cuestiones como la falta de certeza jurídica en el procedimiento, las lagunas y ambigüedades que se formulan por no distinguir los diferentes tipos de trasplantes y la falta de información y concientización que se debe tener dentro de la sociedad.

La Organización Mundial de la Salud establece que “se permitirá la promoción de la donación altruista de células, tejidos u órganos humanos mediante publicidad o llamamiento público, de conformidad con la reglamentación nacional. 

Deberá prohibirse toda publicidad sobre la necesidad o la disponibilidad cuyo fin sea ofrecer un pago a individuos por sus células, tejidos u órganos, o a un pariente cercano en caso de que la persona haya fallecido, o bien recabar un pago por ellos. Deberán prohibirse asimismo los servicios de intermediación que entrañen el pago a esos individuos o a terceros”.

La senadora explica que la donación se puede dar en vida o a través de una persona que ha fallecido. Tratándose de la donación de órganos en vida, se realiza cumpliendo una serie de requisitos legales previstos en la Ley General de Salud, así como en las disposiciones locales aplicables, además de una evaluación médica que determine la posibilidad y viabilidad de que se lleve a cabo la misma.

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