Proceso independentista es ‘ataque a Estado constitucional’: juez español

Madrid, 23 de marzo/Notimex. El juez del Tribunal Supremo de España, Pablo Llarena, calificó este viernes el proceso independentista en Cataluña, en el noreste de España, como un “ataque al Estado constitucional”, que además está latente a pesar del relevo de sus protagonistas.

En el auto de procesamiento de 25 de los 28 investigados por el proceso independentista que culminó con la declaración de secesión del 27 de octubre de 2017, los responsabiliza de “un diseño criminal” del proceso que deriva en delitos de rebelión, desobediencia y malversación de fondos públicos.

“Este proceso hace frente a un ataque al Estado constitucional que, con la voluntad de imponer un cambio en la forma de gobierno para Cataluña y del resto del país, integra una gravedad y persistencia inusitada y sin parangón en ninguna democracia de nuestro entorno”, señaló Llarena en el texto de su resolución.

Es “un ataque que puede estar en desarrollo por más que se encuentre puntualmente larvado y que pueda pretender servirse de un relevo en sus protagonistas”, recalcó.

En la resolución, de 69 páginas, Llarena recordó los principales hechos registrados en los últimos seis años en los que se preparó el proceso independentista a través de diferentes gobiernos, formaciones y alianzas políticas, participación de grupos sociales y cambios legislativos.

Destacó que la trayectoria y futuro del proceso parte del llamado Libro Blanco Hacia la Transición Nacional de Cataluña de 2014, que precisa los principales elementos para convertir a esta comunidad en un país independiente en forma de República.

Subrayó que un elemento importante de las acusaciones estuvo en los sucesos del 20 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía y Hacienda, cuando la Guardia Civil española buscaba pruebas para impedir el referéndum del 01 de octubre, no reconocido por el gobierno de España, y miles de personas trataban de impedir su labor.

Expuso que son hechos “que reflejan todas las exigencias que se han identificado para un actuar violento y aún para la violencia”, en lo que unas 60 mil personas actuaron como “una masa de fuerza”.

“Además destrozar vehículos policiales, atacar bienes personales mediante el lanzamiento de objetos, o impidiendo que los acosados pudieran ejercer su libertad de acción y deambulación durante las largas horas que duró el asedio”, señaló el juez.

Consideró que esos hechos “determinaron el efecto inherente a la violencia, esto es, una real restricción de la capacidad de actuación como consecuencia del uso de la fuerza, tal y como ocurriría en un supuesto de toma de rehenes mediante disparos al aire”.

Refirió que esa forma de conducir a los simpatizantes de la independencia se trasladó a la organización y realización del referéndum del 01 de octubre pasado, para hacer frente al despliegue de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.

“Supone, no ya aceptar el riesgo de una violencia claramente representable, sino directamente impulsar a una masa ciudadana a que desborde por la fuerza cualquier intención de contención que pueda provenir del Estado, tal y como finalmente sucedió el día de la votación”, abundó.

Llarena puntualizó que “la minuciosa ideación de la estrategia con la que pretendía imponerse la independencia en el territorio, permite considerar que los principales responsables de estos hechos siempre hubieron de representarse que el proceso terminaría recurriendo a la utilización instrumental de la fuerza”.

Sobre el delito de rebelión, Llarena recordó que la ley lo tipifica para quienes “se alzaren violenta y públicamente para (entre otros fines) declarar la independencia de una parte del territorio nacional o sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del gobierno”.

El auto de procesamiento recuerda que se acusa a quienes incurran en ello, aún cuando la iniciativa no se materialice en una independencia de una parte del territorio.

Por ese delito se procesa al expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont; el exvicepresidente Oriol Junqueras; siete exconsejeros del gobierno catalán Joaquim Forn, Jordi Turull, Raúl Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Antoni Comín y Dolores Bassa.

Asimismo, a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell; el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez; el de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart, y a la secretaria general de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), Marta Rovira.

De la acusación de desobediencia, recordó que se trata de la negativa de las resoluciones del Tribunal Constitucional, que pedían no proceder a cambiar la legislación que permitiera la consulta del 01 de octubre, su convocatoria y el intento de impulsar la república.

Por desobediencia se procesa a los exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet, y Joan Josep Nuet; a la expresidenta del grupo parlamentario de la Candidatura de Unidad Popular (CUP), Mireia Boya, y su exportavoz Anna Gabriel Sabaté.

De malversación de fondos públicos, Llarena indicó que se trata de los contratos, autorizaciones, contratos y disposiciones realizadas para la organización del referéndum y que suma un millón 600 mil euros.

Por este delito se procesa a Puigdemont, Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Ponsatí, Rull, Comín, Bassa, Meritxell Borràs, Lluis Puig, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Serret.

El juez fija una fianza de responsabilidad civil por importe de 2.1 millones de euros que deberá ser prestada solidariamente por los 14 exmiembros del gobierno catalán procesados, para asegurar responsabilidades pecuniarias.

La cuantía se estableció sumando a los 1.6 millones de euros que el juez señala que fue el montante que hubo de emplearse para sufragar el referéndum del 01 de octubre, según las investigaciones.

Llarena mantiene en prisión a Junqueras Forn, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, y las medidas cautelares contra los que huyeron a Bruselas Puigdemont, Comín, Serret, Puig y Ponsatí, y Anna Gabriel Sabaté a Ginebra.

De los 28 investigados, no resultaron procesados el expresidente de la Generalitat, Artur Mas; la presidenta del Partido de los Demócratas Catalanes (PDCat), Marta Pascal; y la presidenta de la Asociación de Municipios por la Independencia, Neus Lloveras.

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