Queja de violencia política de género contra Rocío Nahle, se dio como no presentada: OPLE

  • Dos “activistas” promotoras de los derechos de las mujeres presentaron la queja, pero la candidata no la avaló

Isabel Ortega, Xalapa, Ver.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Organismo Público Local Electoral (OPLE) determinó clasificar como “no presentada” la queja de violencia política de género que presentaron dos ciudadanas, contra Miguel Ángel Yunes Márquez, candidato al senado de Fuerza y Corazón por México, al promover “odio” y “discriminación” contra la candidata a la gubernatura de Sigamos Haciendo Historia, Rocío Nahle.

El escrito de queja fue presentado por las ciudadanas Ana Elena Taboada Murrieta y Laura Guadalupe Hernández Parra, activistas defensoras de los derechos humanos, el 29 de marzo de este 2024.

Denunciaron al candidato al Senado por violencia política en razón de género en contra de Norma Rocío Nahle García, candidata a la gubernatura por la coalición “Seguimos Haciendo Historia en Veracruz”.

Las quejosas consideraron que se tipificaba el delito de violencia política, toda vez que Yunes Márquez ha generalizado odio, desprecio y discriminación por el lugar de nacimiento de una mujer (Rocío Nahle), con la expresión: “no vamos a permitir que una mujer de Zacatecas sea gobernadora del estado”.

Por ello, pidieron se impusiera la medida cautelar de ordenar al abanderado abstenerse de difundir mensajes de odio y discriminación, y eliminar las publicaciones de cuenta de Facebook “y todas las que se estimen necesarias”.

La secretaría Ejecutiva del OPLE determinó que, al ser una denuncia en materia de violencia política en razón de género, el consentimiento de la víctima adquiere especial relevancia, pero se tuvo por no cumplido el requerimiento realizado a Rocío Nahle, toda vez que no remitió escrito alguno por el cual otorgara su autorización para que se iniciara el Procedimiento Especial Sancionador.

Por lo anterior, se determinó que se tuvo por no presentada la queja, exclusivamente, respecto a los hechos constitutivos de violencia política en razón de género.

Solo se analizaron los hechos denunciados por actos anticipados de campaña, concretamente en 4 ligas de la red social Facebook en las que, según las quejosas, en tiempos de intercampañas, el denunciado hizo un llamado a favor de su candidato a gobernador José Francisco Yunes Zorrilla, a sabiendas de que aún no comenzaba el periodo de campaña, por lo que pidieron se retiraran.

Al respecto, la Comisión consideró improcedente la adopción de la medida cautelar de ordenar el retiro de las publicaciones por actos anticipados de campaña, toda vez que desde el 31 de marzo “estamos frente a un acto consumado” por el inicio del periodo de campaña.

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