SCJN invalida “derecho a la vida” en Aguascalientes
Redacción/Oro Noticias. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas efectuadas en la Constitución de Aguascalientes que reconocía el “Derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural”.
Por unanimidad, el Pleno estableció que las entidades federativas no están facultadas para modificar el concepto de persona en sus constituciones locales.
Los ministros manifestaron que la norma compromete el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dijo que los poderes legislativos estatales no pueden alterar el parámetro constitucional de los derechos humanos definiendo** el concepto de persona.
Manifestó que el congreso de Aguascalientes excedió sus facultades constitucionales al proteger la vida desde la concepción y es un riesgo a los derechos constitucionales y convencionales de las mujeres.
En 2021, el Congreso de Aguascalientes aprobó la Ley Provida, la cual consagró en la Constitución local el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte.
Y, aunque la lucha se ha presentado por generaciones, fue a partir de que se implementó la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en la Ciudad de México (CDMX), que las mujeres capitalinas* han podido acercarse a un mejor ejercicio de su salud sexual y reproductiva.
De tal modo que, con el pasar de los años, algunas entidades federativas se han sumando a este tipo de políticas. Sin embargo, algunos gobiernos han presentado resistencia ante este derecho, incluso, insisten en aplicar la ley en caso de que ocurra un aborto espontáneo.
Por el cual, autoridades federales como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se ven en la necesidad de intervenir ante la apelación de distintos sectores sociales.