Secretaría de Salud debe reportar cifra de usuarias de métodos anticonceptivos

México/Notimex Por instrucciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Secretaría de Salud (SSA) deberá entregar un reporte del número de usuarias de los diferentes métodos anticonceptivos en el país entre 2000 y 2009, desglosado por año, municipio y clínica.
De acuerdo con el Instituto, al responder a la solicitud de un particular, la dependencia federal, a través del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, informó que no generaba esa documentación ni establecía mecanismos para cuantificar a las personas que utilizan un método de control natal.

Argumentó que crecía de la información solicitada, debido a que se encargaba de conducir las acciones que permiten favorecer el acceso efectivo a los servicios de calidad de planificación familiar y anticoncepción.

Asimismo, de monitorear el suministro y distribución oportuna, suficiente y de calidad de los insumos utilizados en el Programa de Acción Específico de Planificación Familiar y Anticoncepción 2013-2019” a través de las entidades federativas.

En la sesión del pleno, la comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos explicó que la Secretaría de Salud sí genera las estadísticas que solicitó la persona con el nivel de desglose requerido y que si bien la SSA turnó la solicitud a la Dirección General de Información en Salud, ésta manifestó que la información solicitada estaba publicada en su portal electrónico.

No obstante, indicó que de la revisión realizada a dicho portal no fue posible acceder a la información, por lo que no se pudo dar por atendida la solicitud de información.

Mediante un comunicado, la funcionaria del INAI dijo que cuando la información solicitada se encuentre en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, se le hará saber al solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede consultarla.

Señaló que en este caso no fue posible tener acceso a dicha información la misma, por lo que, en estas situaciones, los sujetos obligados deberán cerciorarse de que los datos solicitados efectivamente están en la fuente indicada.

Por ello, el pleno del INAI, por unanimidad, determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Salud y le ordenó realizar una nueva búsqueda en los archivos de la Dirección General de Información en Salud, para que localice y entregue los datos requeridos.

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