TEV ordena a Cosamaloapan pagar sueldo y prestaciones pendientes a Regidor

Isabel Ortega. Xalapa, Ver., 13 de marzo de 2018. El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), ordenó al alcalde de Cosamaloapan, Raúl Hermida Salto a pagar algunas prestaciones y quincenas que le fueron retenidas a Héctor Fernández Andrade, regidor séptimo del municipio en la administración 2014-2017.

En sesión los magistrados reconocieron que la administración de Adriana Mass Michel incumplió con el pago de algunas prestaciones a los integrantes de su Cabildo, por lo que la nueva administración tendrá que hacer frente al pago.

El entonces regidor pidió el pago de aguinaldo y gratificación anual del 2014 al 2017 y 13 quincenas de los años 2016 al 2017.

Al revisar el juicio 485/2017, se determinó que Fernández Andrade solo tiene derecho al pago de aguinaldo por el Ejercicio Fiscal 2014, “es derecho el recibir una remuneración y retribución por el cargo. El derecho esta supeditado a que se etiquete en el presupuesto del municipio el gasto, y no podrá acreditar pago alguno que no esté contemplado en el Ejercicio”, leyó el secretario de estudio y cuenta.

En el caso de las quincenas pendientes, reiteró que se aplica el mismo criterio y sólo tiene derecho a recibir el pago de cinco quincenas del 2016 y cuatro del 2017.

TEV da jalón de orejas a Mezhua Campos

Respeto al municipio de Zongolica, se resolvió el jucio TEV-JDC-11/2018 que presentó el regidor José Cruz Sánchez y otros, por el que se le ordenó al alcalde Juan Carlos Mezhua Campos a convocar en tiempo y forma los regidores a las sesiones.

Los integrantes del Cabildo se inconformaron por la violación a sus derechos político-electorales, por la forma en cómo se conducen el Presidente municipal y el Síndico

La violación de los derechos políticos consiste en obstaculizar el cargo para el que fueron electos, se argumentó en la sentencia.

“El tema podría ser de índole administrativa, pero si en su revisión implican un obstáculo a un derecho político, son competencia del TEV, es el criterio de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal”, afirmó el magistrado Javier Hernández, ponente del caso.

Y es que se presentaron pruebas que el Presidente y el Síndico no convocan de manera correcta a las sesiones de Cabildo, es una omisión y un obstáculo en el ejercicio de un cargo de representación popular.

“Se ordena al municipio y al Presidente es que se respete la normatividad municipal y los criterios de la Sala Regional y Sala Superior”, reiteró Hernández.

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