En la Ciudad de México mayoría de procesos judiciales contra mujeres por interrumpirse un embarazo

Todas las mujeres procesadas en el país por interrumpir su embarazo, se benefician con las sentencias de la Suprema Corte de Justicia, pero su proceso no se extingue automáticamente, porque subsiste el delito de aborto después de las 12 semanas, y porque se trata de un delito del fuero común. Es por ello, tal vez, que existen hasta julio de 2023 2 mil 672 carpetas de investigación por aborto, 937 en las 12 entidades donde está descriminalizado.

Así lo explican especialistas consultadas por SemMéxico. Hoy habría que dar apoyo, conocer cada caso, para liberar a las mujeres en esa situación, por haberse interrumpido el embarazo fuera de los límites aprobados.

No hay una despenalización absoluta. Hoy es de las abogadas y activistas es una gran tarea acompañar y aclarar a quienes están criminalizadas, , comentó a SemMéxico, la penalista y académica Mireya Toto Gutiérrez, a propósito de que las más de dos mil mujeres investigadas o en proceso, deben ser asesoradas.

Sólo en 3 años de este gobierno -2020-2023-, 90 mujeres cada mes, 3 diarias son criminalizadas por aborto, y 937 en las 12 entidades donde se puede interrumpir una embarazo. Según el informe del gobierno, la mayoría de los procesos se ubican en la Ciudad de México, con al menos 630.

La información más reciente del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se documenta que en el país, ahí donde el aborto es permitido hasta las 12 semanas de gestación, por sola decisión de la mujer, es donde más procesos se han abierto contra las mujeres que se interrumpen un embarazo, porque, entre otras cosas, es así, un delito, después de las 12 semanas de gestación lo que puede ser delito, explica la abogada Barbara García Chávez, consultora en género y litigante.

Ello podría cambiar con la última sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la pregunta es si estos ordenamientos de la SCJN las benefician por retroactividad. Si la hay, explica Toto Gutiérrez, cuando es en beneficio de la o él imputado, tal como lo establece la Constitución en el párrafo 14 del Artículo 14. Sin embargo, hay que ver caso por caso, porque la Corte sólo se refiere a los tiempos despenalizados, de 12 semanas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), primero en septiembre del 2021 que descriminaliza el aborto, no de manera absoluta sino en el marco de lo acordado hace 16 años en la Ciudad de México, igual que en septiembre del 2023. Aquí mandata a todas las instituciones involucradas para cumplir con lo despenalizado y sugiere no criminalizar a las mujeres en ninguna entidad o institución. Y despenaliza por vía judicial el aborto, pero subsiste el delito en muchos códigos locales y en el Código Penal Federal, después de las 12 semanas o 13 como es el caso de Sinaloa, explica la abogada Claudia Espinosa Almaguer, responsable de la Comisión de Derechos Humanos en San Luis Potosí.

Entendido que subsiste el delito, y que el amparo de Gire, no toca la definición de delito del artículo el 329 del Código Penal Federal, – sin cambio desde 1931- ahora se lucha y se busca reconocer ahí donde cada entidad ha permitido el aborto hasta las doce semanas, las mujeres ya no deben ser criminalizadas.

Incluso la iniciativa del Senado no toca el 329, sino propone derogar los artículos 332, 336 y 334 del Código Penal Federal, es decir, se elimina cualquier pena para la embarazada, sujeto a lo acordado: 12 semanas.

Mientras la inaplicación del delito a nivel federal deberá llevarse a cabo por parte de jueces federales y autoridades administrativas, concretamente el personal de instituciones de salud y los agentes del ministerio público que reciban denuncias por esos hechos.

Otra vez ¿Y entonces que hacemos con tantos procesos o encarcelamientos de las mujeres?

Guadalupe Ramos Ponce, abogada, activista, fundadora e integrante el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer CLADEM, coincidió con la doctora Toto Gutiérrez en que es bueno para las mujeres, pero que no es automático. Recordó que, en 2021, Arturo Saldívar Lelo de Ralea, desde la Suprema Corte de la Nación ofreció analizar caso por caso, con la defensoría pública, particularmente de las mujeres que están en la cárcel. Hoy señala que deberían informar qué hicieron los abogados de la Defensoría para cada caso. Cuántas mujeres deberían liberarse o ya se liberan. Mientras los procesos pueden seguir adelante.

Los datos duros y reales

Mientas en las 12 entidades del país que garantizan el derecho al aborto hasta la duodécima semana de gestación sólo por la decisión de la embarazada, aún se continúan abriendo carpetas de investigación. La información oficial de la Secretaría de Seguridad Pública señala que al menos 2 mil 672 personas han sido investigadas por abortar o ayudar a alguien a interrumpir su embarazo en todo el país.

Los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública indican que la Ciudad de México tiene 683 carpetas de investigación entre 2015 y agosto de 2023, pese a que el aborto fue despenalizado hasta las 12 semanas en 2007; 2022 fue el año con más investigaciones abiertas por este delito, con un total de 192 casos.

En Baja California, el aborto se despenalizó en 2021, pero tiene 69 carpetas de investigación; 2022 también fue el año con el mayor número de carpetas, con 42, y de acuerdo con feministas de la entidad pese a su despenalización aún no se garantiza en su totalidad el derecho a un aborto legal, seguro y gratuito.

El acceso al aborto por decisión de la mujer está garantizado en las entidades de Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa, Quintana Roo y Aguascalientes. Mientras en el resto del país persisten las excepciones, por ejemplo, por peligro de vida de la madre.

En Veracruz se han abierto 66 carpetas de investigación desde que se despenalizó el aborto en 2021; seguido de Oaxaca con 60 carpetas, la cual fue la segunda entidad en despenalizar el aborto.

El código penal permite la interrupción del embarazo hasta la doceava semana de gestación, posteriormente es considerado un delito, porque refiere que un feto no puede vivir fuera del vientre hasta la semana 22 de gestación, por lo que, si el aborto ocurre posterior a esa semana, esta acción es tipificada como homicidio doloso o culposo, depende de la circunstancia.

Asimismo, la NOM 046 permite a cualquier mujer interrumpir su embarazo posterior a la duodécima semana si este es producto de una violación.

Organizaciones como Fondo María y Gire señalan que “Es importante empezar a acabar con estos estigmas que lleva a que a pesar de que hay una despenalización normativa del aborto hasta determinadas semanas de gestación, siga habiendo este impulso a denunciarlas por practicar un aborto”, precisó Camila Rivapalacio, investigadora jurídica Gire.

En el caso de las entidades con el menor número de investigaciones iniciadas, son aquellas que despenalizaron el aborto el año pasado, como : Guerrero, con 6 carpetas; Baja California Sur, con 8; Sinaloa y Quintana Roo, con 3, respectivamente.

En el caso de Aguascalientes el aborto apenas se despenalizó a finales de agosto de este año, en lo que va del año se han iniciado 10 investigaciones.

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